Amparo contra contabilidad electrónica
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Descripcion
Estimado Contribuyente:
Como es de su conocimiento, a partir de éste 2016, los contribuyentes personas físicas y morales con ingresos acumulables MENORES a $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), están obligados a presentar su CONTABILIDAD ELECTRÓNICA.
Los contribuyentes obligados a enviar su contabilidad de manera electrónica, son los siguientes:
-Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean inferiores a 4 millones de pesos.
-Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR.
-Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR.
-Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015.
En virtud de lo anterior, le envío la información relacionada con el análisis y viabilidad en la interposición de la demanda de amparo en contra de la llamada “Contabilidad Electrónica”...
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